Limitación del ralentí del motor en California
Todos los motores de Detroit™ del 2010 y más nuevos fabricados con la certificación EPA de California (50-estados) están permitidos estar en marcha en vacío indefinidamente cuando el régimen de ralentí está abajo de 900 RPM.
Para los motores de certificación EPA de California (50-estados) que tienen ralentí arriba de 900 RPM, la característica de limitación de ralentí del motor de California está activada. El motor generalmente se apagará después de cinco minutos de ralentí continuo cuando la transmisión esté en neutro o estacionamiento y el freno de estacionamiento es establecido o después de quince minutos cuando la transmisión está en neutro o estacionamiento y el freno de estacionamiento no está establecido. La característica de apagado automático que es aplicada arriba de 900 RPM es requerida para todos los motores certificados de California con la excepción de motores usados en tipos específicos de vehículos los cuales el estado de California ha determinado estar exentos del requerimiento de apagado en ralentí. Estos incluyen los autobuses, los autobuses de escuela, los vehículos recreacionales, los vehículos de servicio mediano, los vehículos tácticos militares, y los vehículos autorizados de emergencia conforme ellos son definidos por el estado de California. Los propietarios de vehículos de estos tipos que quieran hacer deshabilitar la función de apagado deben consultar con las autoridades competentes de California para determinar si sus vehículos califican para la exención.
Los motores de certificación EPA fuera de California (49 estados) (motores fuera de California) tienen la característica de apagado automático activada.
En California y en los estados que optan por ello, el ralentí extendido arriba de 900 RPM no está permitido a menos que el motor esté realizando una regeneración del DPF estacionada o activada en operaciones de PTO tal como bombeo, hidráulica, etc.